La LIBERTAD de EMPRESA también es un #DerechoHumano (#DDHH), algo que de seguro algunos constitucionalistas y los positivistas no reconocerán, y mucho menos otros verán que sea de posible aplicación en una sociedad Socialista, pero de seguro el siguiente análisis los ayudará a repensar con un NUEVO ENFOQUE DESPREJUICIADO, y más aún cuando en algunos países asiáticos llamados "Comunistas" se aplica cierta libertad empresarial y algunos reconocen la propiedad privada, lo que les ha permitido florecer macro y microeconómicamente.
Debemos partir del presupuesto de hecho que el hombre antiguo, incluso el prehistórico, siempre que deseó emprender una nueva actividad (empresa), para garantizar su subsistencia, asi como la de su familia y la de su comunidad, lo hizo LIBREMENTE; cuando deseó ser cazador lo fue, y así ocurrió con el pescador, el recolector, el nómada ganadero, luego con los trabajos manuales hasta llegar a los más complejos oficios/negocios en nuestros días. NADIE le impidió este DERECHO NATURAL de subsistencia que le permitió la EVOLUCIÓN de la ESPECIE DIALÉCTICAMENTE.
Por tal virtud no podemos ver el TRABAJO aislado a la LIBERTAD de EMPRESA, porque cada emprendimiento individual trajo beneficios colectivos. Por lo que la LIBERTAD de EMPRESA también es un DERECHO NATURAL DE TODOS LOS HUMANOS, y se acentuó más aún cuando apareció el TRUEQUE como medio de subsistencia adicional o complementario, naciendo así la PRIMIGENIA EMPRESA NATURAL y LIBRE, donde el líder natural del clan, horda o tribu repartía las ganancias a partes proporcionales según su trabajo o aporte. No entenderlo es NEGAR la HISTORIA y la NATURALEZA de las cosas y la esencia de la VIDA.
La afirmación inicial debemos retomarla pero con características sui generis, toda vez que guarda relación de medio a fin y causa efecto con otros DD.HH que si están expresamente reconocidos en la Declaración Universal de los DD.HH., por lo que la LIBERTAD de EMPRESA no es un DD.HH per se, sino por transitividad o por asociación, toda vez que la VIDA, que a su vez entraña calidad de vida, el sustento individial y familiar, la PROPIEDAD (individual y COLECTIVA), la libertad de ASOCIACIÓN, la libertad de elección del TRABAJO (no estatal), entre otros, están estrechamente vinculados a la LIBRE EMPRESA o emprendimiento individual, algo por lo cual muchos seres humanos optan LIBRE y voluntariamente por PENSAR y OBRAR DIFERENTE, sin que sea dable hacerle renunciar al ser humano a sus DERECHOS CONSUSTANCIALES o INALIENABLES.
La Unión Europea y otros países del mundo reconocen la LIBERTAD de EMPRESA como un DERECHO FUNDAMENTAL, que son aquellos consagrados constitucionalmente, y que de igual manera son consustanciales al ser HUMANO.
La declaración Oficial el Estado cubano ante un organismo Supranacional, para Cuba y el mundo, de que "en Cuba se respetarán TODOS los DD.HH. de TODOS los cubanos", fue algo trascendental, que no puede quedarse en un mero discurso político porque sería DEMAGOGIA; por tanto es hora de que la palabra empeñada públicamente SE CUMPLA, y más cuando una PARTE SIGNIFICATIVA del SOBERANO así lo DEMANDA. Aquellos que no lo deseen pueden seguir como hasta hoy, pero no pueden vetar a quienes ASPIRAMOS a un DERECHO, eso es DEMOCRACIA, aún y cuando no sea la voluntad de la mayoría, porque TAMBIÉN DEBE SER RESPETADA y ATENDIDA la VOLUNTAD de la MINORÍA, para ser verdaderamente INCLUSIVOS.
Los elementos que en los primeros años de la Revolución cubana dieron al traste con la UNIFICACIÓN del GREMIO JURÍDICO en el SECTOR ESTATAL, y la consecuente eliminación de la prestación de los servicios legales por el SECTOR PRIVADO, no son los mismos presupuestos de hechos que hoy están presentes en Cuba, por lo que debemos ser DIALÉCTICOS para poder EVOLUCIONAR y ACEPTAR el CAMBIO SIN RESISTENCIAS.
HOY más que nunca debemos abogar para que se autorice la prestación de estos servicios mediante CNA, TCP o quizá mediante pequeñas empresas privadas (PYMEs), teniendo en cuenta que la PROPIEDAD PRIVADA se reconoce en la Constitución de la República de Cuba, y más aún porque existe un ANTEPROYECTO legislativo, aún engavetado, que debe SALIR A LA LUZ cuanto antes, porque la aplicación EFICIENTE y EFICAZ de la Constitución así lo DEMANDA, toda vez que existen VIOLACIONES de DERECHOS y por consecuencia demanda de servicios legales por la población las 24/7/365, y el SECTOR ESTATAL trabaja solamente en horas y días laborales, donde no pueden obligar a sus trabajadores a laborar fuera de su jornada laboral, lo que limitará la prestación del Servicio Jurídico y la DEFENSA de los DERECHOS y LIBERTADES del SOBERANO en TIEMPO REAL, algo que SOLO el SECTOR PRIVADO PUEDE GARANTIZAR las 24/7/365 de manera EFICIENTE y EFICAZ sin interferencias, garantizando la VERDAD MATERIAL y la CALIDAD del Servicio Jurídico, así como la DEFENSA de los DERECHOS y legítimos intereses del SOBERANO en TODO MOMENTO.
El SERVICIO JURÍDICO puede y debe ser prestado, además, por el SECTOR PRIVADO. Por lo que en un futuro, no muy lejano, deberán ser modificadas las legislaciones sobre los Asesores empresariales y los Abogados, algo que NUNCA debió separarse.
Todos somos JURISTAS: Jueces, Fiscales, Notarios, Registradores y Abogados (de personas naturales y de personas jurídicas), por lo que TODOS SOMOS ASESORES LEGALES/JURÍDICOS, porque prestamos un servicio pero también asesoramos sobre cualquier rama del Derecho, según nuestro campo de acción, pero no todos podemos ejercer los cuatro primeros servicios legales, porque requieren requisitos adicionales y laborar en una institución estatal específica, pero TODOS los juristas podemos ser Abogados de nuestros familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, pero para poder asistir legalmente a otras personas (naturales o jurídicas) debe estar asociado a una de las entidades estatales autorizadas o, cuando se implemente, como TCP, CNA o PYME. Esto sería un ESTADO NACIÓN obrando multidireccionalmente por sus nacionales.
Finalmente, no se puede seguir arguyendo que los Servicios Jurídicos a prestar por el SECTOR PRIVADO desprotegerían a los más necesitados, porque también se pueden garantizar estos servicios PRO BONO (libre de costo) o con precios reducidos. No pueden seguir esgrimiendo alegatos mendaces e infundados y menos espurios, que intenten desnaturalizar esta noble idea o desvirtuar su esencia, so pena de DESCRÉDITO PÚBLICO de quien lo haga.
Hagamos LETRA VIVA nuestra Carta Magna "por TODOS, y para el BIEN de TODOS", de lo contrario habrá que hacer una NUEVA y que el GENUINO CONSTITUYENTE: el PUEBLO (el SOBERANO) en REFERÉNDUM POPULAR decida sus destinos LIBREMENTE, sin interferencias ni presiones.
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