jueves, 8 de abril de 2021

Primera Generación de Derechos Humanos

En la mayoría de los países del mundo se VIOLAN los Derechos Humanos (DDHH), en unos más en otros menos; por lo que afirmar públicamente que en un país determinado se respetan TODOS los DDHH de TODOS sus ciudadanos dice mucho en desfavor de quien lo afirma. Por tal virtud es importante CONOCER cuáles son los DDHH y qué significan. Este es una primera entrega de otras dos, toda vez que estaremos aludiendo a este IMPORTANTE y TRASCENDENTAL asunto, para que cada uno de nosotros saquemos nuestras conclusiones y estemos más preparados.

Por lo apretado del espacio solo esbozaremos el tema, pero invitamos a estudios o investigaciones más profundas, porque la información veraz y oportuna TAMBIÉN ES UN DDHH, la cual debe ser contrastable o verificable, lo que implica que debemos tener acceso a diversas matrices de opinión y así formaremos la nuestra DESPREJUICIADA y más CERTERA.

Pero para ello debemos seccionar los DDHH en TRES GENERACIONES: PRIMERA (1G), SEGUNDA (2G) y TERCERA (3G), así como aludiremos a los principales instrumentos legales internacionales que reconocen los DDHH. En 1979 Karel Vašák fue el primero en aludir a las TRES GENERACIONES de DDHH, las cuales se asocian a uno de los grandes valores proclamados en la REVOLUCIÓN FRANCESA: LIBERTAD (1G), IGUALDAD (2G) y FRATERNIDAD (3G). Mérito hacer constar que existen quienes afirman la existencia de una CUARTA Generación (4G) de DDHH, algo que aún no es aceptado por la generalidad de la comunidad Internacional, pero que no se puede desdeñar, y otros pocos se aventuran en afirmar la existencia de una posible 5G y 6G, algo que veremos en publicaciones posteriores. Otros estudiosos del tema catalogan los DDHH en POSITIVOS o NEGATIVOS, según el poder hacer o no.

La DECLARACIÓN UNIVERSAL de los DERECHOS HUMANOS fue aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1948, en la cual aparecen los DERECHOS NATURALES y otros, que al aparecer el iuspositivismo o normativismo se incorporaron otros derechos y todos fueron denominados DERECHOS FUNDAMENTALES, por lo que todos estos derechos se consagran formal y material o efectivamente mediante un verdadero ESTADO de DERECHO, donde prime el IMPERIO de la LEY y no el imperio de los gobernantes ni de sus seguidores, porque cambia la esencia del sistema y se afectan per se los DDHH y los seres humanos.

En esta publicación nos concentraremos, por su IMPORTANCIA en nuestra vida cotidiana, en los DDHH de la PRIMERA GENERACIÓN (1G), que son los llamados CIVILES y POLÍTICOS, reconocidos también como los Derechos contra el Estado, que fueron complementados por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por el propio organismo supranacional (ONU) en el 1966, que entró en vigor en el 1976. Significo que el hecho de que sean Derechos contra el Estado no es sinónimo de anarquismo, sino de EMPODERAMIENTO del SOBERANO (DEMO+CRACIA=VERDADERO PODER del PUEBLO), de donde emana TODO el PODER del Estado, que cuando este ejerce su poder estadual en contraposición a los derechos del SOBERANO se rompe el ESTADO de DERECHO y por transitividad el CONTRATO SOCIAL, algo que es aceptado por todos los Estados libres y democráticos, por lo que el INCUMPLIMIENTO de una de las partes da derecho a la otra a su incumplimiento (PACTA SUNT SERVANDA REBUS SIC STANTIBUS).

Dentro de estos DDHH de 1G podemos destacar, entre otros:
CIVILES:
- Derecho a la VIDA.
- Derecho a la LIBERTAD.
- Derecho a la Seguridad.
- Derecho a la Propiedad.
- Derecho a la NO DISCRIMINACIÓN, dentro de la cual destaco la POLÍTICA, la de género, raza ni ninguna otra.
- Derecho a la LIBERTAD de PENSAMIENTO, de CONCIENCIA y de RELIGIÓN.
- Derecho de OPINAR, MANIFESTARSE o EXPRESARSE LIBREMENTE públicamente o en privado, por cualquier medio conocido con alcance nacional o internacional, SIN MIEDO A REPRESALIAS.
- Derecho a PETICIONES y a RESPUESTA EFECTIVA Y OPORTUNA.
- Derecho a la LIBRE CIRCULACIÓN (entrar y salir de tu país o moverte dentro del mismo), migración o retorno.
- Derecho a la NACIONALIDAD.
- Derecho a TUTELA JUDICIAL EFECTIVA y JUSTA.
- Derecho a la PRESUNCIÓN de INOCENCIA.
- Otros.
POLÍTICOS:
- Derecho a la libertad de REUNIÓN y de ASOCIACIÓN PACÍFICAS, sea de corte político u otro.
- Derecho a la HUELGA y a la REBELIÓN, que se evitan si el Estado es democrático y respetuoso de los DDHH.
- Derecho al Asilo político.
- Derecho a participar en la vida pública directamente o por medio de representantes LIBREMENTE ESCOGIDOS, así como que la VOLUNTAD del PUEBLO es la BASE de la AUTORIDAD del PODER PÚBLICO, que se expresará mediante ELECCIONES AUTÉNTICAS PERIÓDICAS (Derecho al Sufragio o Voto).
- Otros DDHH de la 1G.

Finalmente, los DDHH de la PRIMERA GENERACIÓN (1G) son llamados DERECHOS ABSOLUTOS, toda vez que GARANTIZAN la VERDADERA DIGNIDAD y VALOR del SER HUMANO, LIMITAN la ACCIÓN del PODER del Estado y GARANTIZAN la ACTIVA PARTICIPACIÓN POLÍTICA de los CIUDADANOS. En otros trabajos subsiguientes abordaremos las otras generaciones de DDHH.

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